Desde el 16 de octubre hasta el 31 de mayo (exceptuando el período de la Semana Santa hasta el lunes de San Vicente) podrás quemar tus restos agrícolas y de poda
Para hacerlo, deberás solicitar un permiso al Ayuntamiento si estás a menos de 500 metros de suelo forestal o monte, y además, deberás quemar en un quemador agrícola y presentar un plano catastral con la localización exacta de donde se vaya a producir la quema si planeas hacerlo a menos de 30 metros de monte o suelo forestal.
Si lo haces, es necesario que conozcas el polígono y la parcela donde quieres realizar la quema.
En caso de hacerlo a más de 500 metros, no será necesario presentar ni solicitar ninguna solicitud.
Os dejamos el permiso que deberéis presentar de forma presencial aquí.